¿Me pueden multar por no llevar la pegatina medioambiental? Ojo a lo que dice la DGT

El pasado 1 de enero entró en España la que es la normativa de las Zonas de Bajas Emisiones y sus restricciones asociadas, en la que son muchos los conductores que tienen dudas acerca de qué pegatina medioambiental de la DGT es la que permite acceder o no, o incluso si es obligatorio llevarla. Y es ahí donde Tráfico ha querido dar el aviso.
Atento a la etiqueta medioambiental
Es sabido que, hasta ahora, la gran
Pero entrar a zonas restringidas con un coche contaminante sí
Ahora bien; no es lo mismo la sanción por no llevar la pegatina de la DGT, que la sanción por entrar con un vehículo contaminante en las recién puestas en vigor de las Zonas de Bajas Emisiones. En este caso la sanción es mayor, pues acceder a ellas con un vehículo que no esté autorizado supone una infracción grave de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos del Reglamento General de Circulación (100 euros si es por pronto pago).
Es entonces que la pegatina medioambiental tendrá que ir adherida en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. Al mismo tiempo, la DGT nos dice que si el vehículo no tuviera parabrisas, como puede ser el caso de una motocicleta, tendría que ir en otra zona igualmente visible, como en el cubre ruedas delantero, por ejemplo.
En el caso de lugares como Barcelona, por ejemplo, la ciudad condal no sanciona a los conductores que no hayan colocado el distintivo medioambiental, ya que fía el funcionamiento de las ZBE a un sistema de cámaras que lee las matrículas e identifica aquellos vehículos que incumplen la normativa. Por su eficacia, este método es el que ya se emplea mayoritariamente para controlar los s a las ZBE.